Servicio de la Renta 218
El día 02 de ABRIL de 2019, comienza el período de la Declaración de la Renta para las personas que reciban el borrador, SMS , o tenga la declaración del año anterior y USO-CANARIAS pone al servicio de todos nuestros afiliados un gabinete encargado de confeccionar dichas declaraciones, y lógicamente para ello se debe traer todos los datos necesarios para que se pueda hacer, que son los siguientes:
1º. – El borrador o código recibido por SMS
2º.- Declaración del año anterior (para recoger los datos personales y familiares), si hay alguna variación familiar se debe comunicar para poder hacerla bien (también es necesario el NIF para saber su vencimiento y un número de teléfono).
En el caso de no haberlo incluido en la declaración anterior se deberá aportar:
1º. – Recibo de la Contribución, o referencia catastral de la vivienda donde se vive.
2º. – Certificado de cartillas de ahorro, acciones, bonos (lo facilitará las cajas y bancos).
3º. – Pensiones compensatorios y anualidades por alimentos satisfechas o recibidas.
4º.- Cantidades percibidas en concepto de Subvención por la compra de una vivienda.
5º.- Recibo de donativos a entidades benéficas.
6º.- Gastos médicos (deben haber sido abonados por transferencia bancaria o tarjeta).
7º.- En caso de tener familia númerosa se deberá aportar la tarjeta.
8º.- En el caso de devolución de la cláusula suelo se deberá aportar documento bancario en el que se indique a que periódo corresponde la devolución (se tendrá que realizar declaraciones complementarias, por lo que se deberá traer las declaraciones anteriores).
9º.- Gastos de guardería, se deberá indicar lo que se abonó en el año.
10ª.- Gastos por traslado de residencia para realizar actividad por cuenta ajena o propia.
11º.- Quién perciba prestaciones de desempleo y lleven en situación de desempleo más de seis meses.
12º.- Gastos por estudios en educación infantil, primaria, enseñanza secundataria obligatoria, bachillerato y formación profesional de grado medio. (Los gastos se deberán justificar a través de factura que debe cumplir todas las condiciones establecidas en el RD 1619/2012, de 30 de noviembre).
13º.- Cantidad que se abona por alquiler y NIF del propietario del inmueble.
Se podrá solicitar cita desde nuestra web a partir del 27 de marzo de 2019, o llamando al teléfono: 922 28 07 55.
Llevo tres meses sin cobrar gracias a Sinergia.
No creo que la empresa esté a el día con sus pagos a hacienda ni a la seguridad social.
Usted cree que yo puedo hacer la declaración de la renta.
Estimado Señor;
Peara realizar la declaración se deberá tener en cuenta los ingresos producidos en el año 2018, por lo que debería comprobar si está obligado a realizarla y ver si le deben devolver, porque si no la hace no le devolverán lo que pueda corresponderle.
Un saludo.
USOCANARIAS